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Últimos días para solicitar las ayudas extraordinarias para vivienda habitual

El Ayuntamiento de Arganda del Rey, a través de su Concejalía de Bienestar Social, Mayores, Infancia y Juventud, realiza una convocatoria pública para la concesión de ayudas sociales de carácter extraordinario para colaborar en gastos por vivienda habitual. Esta convocatoria está dirigida a apoyar económicamente a los vecinos y vecinas del municipio con menor capacidad económica en orden a colaborar en sus gastos por vivienda habitual. El importe máximo destinado a esta convocatoria se cifra en 100.000 euros.

Podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas las personas físicas, empadronadas en el municipio, que sean titulares catastrales en 2016 de una vivienda habitual, cuyo valor catastral en 2016 sea inferior o igual a 160.000 euros, que no sean titulares en 2016 de ningún derecho de propiedad sobre otro inmueble de uso residencial en territorio español y que tengan una renta per cápita de la unidad familiar igual o inferior a 16.052´40 euros. Además, los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Arganda del Rey, no podrán estar incursos en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiarios, ni estar pendientes de justificar subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.

El límite máximo a subvencionar será de 120 euros por vivienda. En el caso de propiedades con más de un titular catastral, la ayuda podrá ser solicitada por cualquiera de ellos, y en caso que se solicite por más de uno, se aplicará el cálculo en proporción a la cuota de propiedad que ostente sobre dicho inmueble. Los solicitantes deberán aportar el modelo adjunto a esta información, junto a una fotocopia del recibo del IBI 2016, fotocopia del DNI o NIE del solicitante, documento acreditativo de la situación legal de desempleo en el caso que proceda y declaración jurada de no ser titular de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble de uso residencial, entre otra documentación.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 26 de septiembre inclusive. Las solicitudes deberán presentarse en las Oficinas de Atención al Ciudadano situadas en el Ayuntamiento de Arganda del Rey, de lunes a viernes de 8:30 a 19:30 horas y los sábados de 9:00 a 13:30 horas; en la Avenida del Cañal, nº 44, de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas; y en la Avenida del Ejército, nº 2, de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas.

El procedimiento de concesión de ayudas se realizará conforme a los criterios de valoración en atención a la renta familiar, a la situación laboral y al valor catastral de la vivienda para 2016. El listado provisional de beneficiarios se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Arganda del Rey. En el plazo de diez días hábiles desde el siguiente a su publicación, y habiéndose realizado cuantas subsanaciones se estimasen oportunas, se hará público, de igual forma, el listado definitivo de beneficiarios de las ayudas. La convocatoria se resolverá en un plazo máximo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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